Condenaron a dos reconquistenses por armar y explotar juegos ilegales en una asociación ilícita con varios integrantes. Encontraron otros posibles delitos federales que pasaron a esa órbita.

El fiscal sostuvo que en la investigación detectaron que tanto Casalis como Speranza -en coordinación con otras tres personas- realizan otras actividades presuntamente ilícitas, lo que ya ha sido puesto en conocimiento de la Justicia Federal.5 de Abril, 2022

Rubén Alejandro Speranza y Edgardo Emanuel Casalis
Rubén Alejandro Speranza al firmar la condena. A su lado, el también condenado Edgardo Casalis. Fue el 1 de abril de 2022, en los tribunales de Reconquista.

El contador Rubén Alejandro Speranza, 44, nacido el 4 de abril de 1977; y el Sr. Edgardo Emanuel Casalis, 38, nacido el 3 de agosto de 1983, quien dijo ser comerciante, fueron condenados por haber armado una asociación ilícita para administrar, explotar y organizar juegos clandestinos, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, más multa de $450.000.-, el decomiso de bienes secuestrados (que mas abajo mencionamos); y las siguientes reglas de conducta: fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato, abstenerse de concurrir a lugares donde se realicen u organicen juegos de azar, prohibición de tener armas de fuego o portar armas de cualquier tipo, realizar trabajos no remunerados en favor de la Municipalidad de Avellaneda durante seis meses, con una carga de seis horas mensuales, fuera de sus horarios habituales de trabajo.

Listado de los bienes decomisados: 

Lo secuestrado en calle Iriondo al 1170, del imputado Alejandro Rubén Speranza:

    • un celular IPHONE parte trasera color dorado y frente color blanco, pantalla dañada en regular uso de estado y conservación,

    • una CPU marca NIMITZ color negro código 117774 modelo MATX-6006,

    • una CPU marca CX modelo SK-505, con un papel escrito en birome donde se lee 3692, misma posee colocado en su frente,

    • un pendrive color naranjado marca HARDKEY NET,

    • tres celulares uno marca BLACKBERRY de color negro, otro marca NOKIA de color negro y el ultimo marca LG de color negro,

    • una Notebook marca BANGHO color negra Modelo B-550XQ con su respectivo cargador,

    • una Tablet color negra marca +SIMPLE,

    • tres pendrive uno marca KINGSTON color negro, otro marca CARD READER y el ultimo marca DATA TRAVELE,

    • un MODEM de color negro de la empresa CLARO,

    • dos reloj pulsera uno DOLCE GABANA color plateado con detalles en brillante y el restante marca ROLEX azul con borde dorado maya plateada y dorada,

    • una bolsa de papel que se lee FULL SAIL, que contiene en su interior un folio que tiene un cheque por el valor de $33.000 (treinta y tres mil pesos),

    • cinco fajos de billetes de mil pesos, cuatro de ellos contienen cien billetes y uno ochenta, haciendo un total de ($480.000) cuatrocientos ochenta mil pesos y

    • un sobre de color blanco que contiene cuatro billetes de dólares dos de diez y dos de uno haciendo un total de veintidós dólares,

    • un celular marca SAMSUNG de color negro parte trasera dañada,

    • tres fichas de póker una azul con el número 50, una roja con el número 5 y una verde con el número 25,

    • dos nano SIM de la empresa PERSONAL,

    • una tarjeta SIM,

    • dos Tablet en mal estado de uso y conservación con daños importantes una marca GENESIS y la restante IPAD,

    • un celular marca MOTOROLA con tarjeta SIM PERSONAL,

    • un celular marca MI XIAOMI oscuro con nano SIM de la empresa PERSONAL,

    • una tarjeta SIM de la empresa PERSONAL,

    • un CPU color gris marca EXO,

    • un NANO sim de la empresa Personal.

Del domicilio de calle Jorge Newbery al 1955, del imputado Alejandro Rubén Speranza:

    • un celular marca XIAOMI REDMI;

    • una notebook marca HP con su cargador,  

    • un pendrive MARCA ADATA de 8 GB de color negro,

    • una mesa para juegos de madera aglomerada de color marrón, bordes acolchados en cuerina negra con paño de color verde en el centro,

    • un teléfono celular marca MOTOROLA carcaza espejada con protector rígido de color blanco y negro,  

    • un teléfono celular MARCA POCO carcaza color azul protector transparente de silicona,

    • 23 fichas para juego de mesa de color verde con símbolos de juego de póker en color blanco en sus bordes y una ficha blanca con detalles azúl,

    • una CPU marca CX MODELO 727-14 color negra,

    • una bicicleta MTB marca NORDIC rodado 29 de color negra con detalles en verdes y amarillo flúor,

    • la suma de $10.370 (discriminados en 7 billetes de mil pesos, 5 billetes de quinientos pesos, 8 billetes de cien pesos, un billete de cincuenta pesos y dos billetes de diez pesos),

    • la suma de $4.380 (discriminados en dos billetes de mil pesos, cuatro billetes de quinientos pesos, un billete de doscientos pesos, un billete de cien pesos, un billete de cincuenta pesos, un billete de veinte pesos y un billete de diez pesos),

Del inmueble de calle Lisandro de la Torre al 1030, del imputado Alejandro Rubén Speranza:

    • Una CPU Marca NIMITZ modelo MATX-6006; un pen drive marca SanDisk de 8GB. Así también se procedió a la constatación de máquinas de gimnasio y distintos elementos para la realización de actividad física, las cuales fueron entregadas como Depositario Judicial a su pareja.

Del inmueble de calle Pietropaolo al 2080, del imputado Edgardo Emanuel Casalis Taormina:

    • una mesa cubierta con tela de cuero color marrón, y la base esta de gamuza color bordo, la cual es utilizada para juego de póker/azar, diez posavasos pertenecientes a la mesa de juego de material plástico de color marrón; un maletín de plástico color plateado en su interior de material gamuza con la suma de trece compartimientos conteniendo en cada uno de estos fichas de juego de póker de distinto color y cinco dados color rojo; una caja de material cartón contiene en su interior mazos de cartas de póker y cinco fichas de póker de color verde y blancas; un cuadernillo con anotaciones varias marca AMERICA, una caja de cartón contiene en su interior fichas varias de juego de póker de distintos colores; un maletín de plástico color plateado en su interior de gamuza con trece compartimientos los cuales contienen fichas de póker varias de distintos colores y cinco dados de color rojo; cartas sueltas para juego de póker,

    • un teléfono celular marca LG, color blanco y negro con batería marca LG con tarjeta de memoria de 2GB Micro SD, con tarjeta SIM de la empresa personal,

    • Dinero en efectivo, siendo las siguientes sumas,  $4000 (cuatro mil pesos), $110 (ciento diez pesos), $6800 (seis mil ochocientos pesos), $3200 (tres mil doscientos pesos), una billetera de cuero que contiene en su interior un billete de mil pesos, $2500 (dos mil quinientos pesos), y 120 (ciento veinte pesos),

    • un teléfono celular marca SAMSUNG color rojo y negro con protector de silicona color negro,

    • un teléfono celular marca HUAWEI color blanco con batería misma marca sin tarjeta SIM y sin tarjeta de memoria,

    • un CPU marca POWER color negro,

    • una CPU marca VELOCITY color roja y negra,

    • un tarro de chapa color negro con inscripción de MURVILLE el cual contiene en su interior la suma de 18 fichas para juego de póker,

    • un aire comprimido culata de madera color marrón barnizado, sin marca ni numeración visible,

    • una caja de cartón la cual contiene una bolsa color azul, y dos bolsas color rosadas dentro de las bolsas se hallan cartas de póker sueltas.

Del domicilio de calle 89 al 588 en Barrio Lorenzón de Edgardo Emanuel Casalis Taormina,

    • Un teléfono celular marca Samsung, color negro, con funda negra,

    • Una CPU marca PC BOX color negra con frente gris que contiene una lectograbadora de DVD y 02 puertos USB.

Además, los condenados deberán depositar $450.000.- en la cuenta judicial a nombre del Ministerio Público de la Acusación, dentro de los 30 días de adquirir firmeza el presente acuerdo.

Mai sostuvo que todo es de acuerdo a lo prescripto por el artículo Nº 445 ss y cc del Código Procesal Penal de la Provincia, y conforme lo instruido por Resolución de la Fiscalía General Nº 255/2017, la cual instruye a los fiscales el procurar el recupero de los costos originados durante la tramitación del procedimiento, máxime en una causa que por su volumen, cantidad y complejidad de las medidas de investigación requirió el traslado en numerosas ocasiones del personal de la Oficina de Investigaciones desde la ciudad de Santa Fe hacia las localidades de Reconquista y la Provincia de Córdoba, para la realización de tareas de campo y allanamientos, la realización de pericias informáticas y  el volumen del tiempo empleado en la causa.

La condena -firmada el 1 de abril de 2022 por el juez Mauricio Martelossi– fue en el marco de un procedimiento abreviado, ya que ambos renunciaron al juicio producto de un acuerdo alcanzado por el abogado defensor, Eduardo Dolan, con el fiscal Leandro Mai.

El hecho imputado por el fiscal Leandro Mai, dice:  

Aproximadamente desde el mes de abril de 2020, al mes de octubre de 2021 (período investigado), formaron parte de una asociación permanente y organizada de más de tres personas, erigida a los fines de explotar, administrar, operar y organizar juegos de azar de forma habitual y clandestina, sin contar con la debida autorización emitida por la autoridad competente para ello.

La organización o célula local, primeramente formada para la explotación y organización de juegos de azar clandestinos de forma presencial con periodicidad semanal y en horarios nocturnos, estaba conformada por Rubén Alejandro Speranza, Edgardo Taormina Casalis, Héctor Centurión, Diego Sánchez y Maximiliano Aquino, quienes de forma conjunta participaban en la organización de las mesas de juego.  

Las mesas de juegos de póker clandestinas en donde se realizaban y organizaban por ustedes apuestas ilegales de forma presencial estaban ubicadas en distintos inmuebles, siendo alguno de ellos el de calle Pietropaolo al 2080, donde reside Edgardo Taormina Casalis, todos ellos situados en la ciudad de Reconquista.

Que a su vez, a la par de la organización de las mesas presenciales de póker, la asociación luego amplio su modalidad delictiva en la explotación, administración, organización y manejo de juegos de azar con la modalidad online o virtual en horarios matutinos,  vespertinos y nocturnos, asociándose los Jefes de la Organización o «célula local» Alejandro Speranza y Edgardo Taormina Casalis con Franco Antonio Carpinteiro y Diego Gabriel Pereyra domiciliados en la ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba quienes actuaban como los dueños de las páginas on line de juego ilegal «Córdoba Vip, Pppoker, Entyre, United Póker, y Poketeros».

Los integrantes de la célula u organización local en connivencia con los integrantes de la organización cordobesa, daban ingreso y habilitaban el juego en las páginas u dominios ya descriptos, granjeándose un beneficio económico directo para sí, Carpinteiro y Pereyra de la Provincia de Córdoba, e indirecto para la célula u organización local, cuyos líderes eran Speranza y Casalis, quienes cobraban las comisiones o Rake, que la captación de terceras personas generaba para quienes trabajaban como agentes, seducidos por distintas vías, entre ellas mediante redes sociales, como por ejemplo Instagram y Facebook de Alejandro Speranza  a ingresar a las salas de juegos, con la colaboración en dicha tarea en carácter de subordinados de Maximiliano Aquino, Héctor Centurión y Diego Sánchez.

Estos ingresos que se generaban eran directos para la «célula cordobesa» porque los pagos que hacen los jugadores a través de la carga de créditos para poder acceder a las partidas de Póker, impactan directamente en las cuentas de los titulares de las páginas, y son  indirectos para los captadores o célula local compuesta por ustedes, porque cobraban comisiones por la cantidad de jugadores que ustedes convocaban a jugar en los dominios de las páginas cordobesas.

Por otra parte, conformando una nueva muestra de la estabilidad de la organización delictiva y su acrecentamiento indeterminado a cometer delitos, Casalis y Speranza explotan de manera directa una página de apuestas ilegales que han creado y administran a tales efectos denominada «RecoPoker» convocando mediante las redes sociales a ingresar a jugar a dicha sala de juegos mediante el Facebook del perfil de Alejandro Speranza donde promocionaba tanto el Gimnasio «Gym F4» o «The Team F4» como el ingreso a dicha sala de juegos online ilegal, brindando los números para efectuar los depósitos en mercado pago, con los cuales los jugadores obtenían crédito para realizar las apuestas. (El fiscal refiere al «reciente e imponente emprendimiento (gimnasio) que posee Rubén Alejandro Speranza con su pareja, ubicado en calle Lisandro de la Torre al 1030 de la ciudad de Reconquista». Asimismo, mediante el Instagram, Speranza promocionaba con el mismo número del gimnasio, la página «ClubdePokerLatino» , a los efectos de que se ingrese a dicha sala de juegos virtual.

Las maniobras descriptas muestran una especial organización, estable en el tiempo, dedicada a realizar actividades ilegales, cuya actividad principal era la captación de forma planificada y con anticipación de personas a quienes incitaban a participar de mesas de juego tanto presenciales como virtuales, poniendo a disposición de los jugadores los medios virtuales o la infraestructura y los elementos necesarios para desarrollar la actividad lúdica, teniendo siempre como objetivo una ganancia económica fruto de las maniobras desplegadas, siendo las ganancias que se generan en el modo virtual directamente proporcional a la cantidad de jugadores convocados y a los montos de las apuestas que los mismos realizan; detectándose a su vez, que tanto Casalis como Speranza -en coordinación con otras tres personas- realizan otras actividades presuntamente ilícitas, las que ya han sido puestas en conocimiento de la Justicia Federal.

«Tanto Casalis como Speranza -en coordinación con otras tres personas- realizan otras actividades presuntamente ilícitas, lo que ya han sido puestas en conocimiento de la Justicia Federal».

Fiscal Leandro Mai

Calificación legal: Coautores penalmente responsables del delito de administradores, explotadores y organizadores juego clandestino en concurso ideal con asociación ilícita, articulos 45, 54, 210 y 301 bis del Código Penal, más reglas de conducta conforme lo establecido en el artículo 27 bis del Código Penal.

La causa sigue con otros imputados y también se dio intervención a la justicia federal

Según sostiene el Ministerio Público de la Acusación, en esta causa en la que ya condenaron a Speranza y Casalis, participaban otros integrantes, quienes siguen bajo proceso judicial (nombres de los sospechosos figuran en la imputación reproducida más arriba). Y hay otra investigación que debería seguir el fiscal federal, porque encontraron otros posibles delitos federales que fueron comunicados a esa órbita.

fuente:reconquistahoy