PARTE DE PRENSA POLICIAL
UNIDAD REGIONAL NOVENA
RECONQUISTA
Fech26/04/2021 siendo las 22:15 horas, personal de Destacamento VII UR
IX, circunstancias de se encontraban realizando patrullajes por calle 68
con sentido de circulación Sur – Norte e intersección con calle 43,
observaron a dos masculinos movilizándose en forma pedestre los cuales
uno de ellos sostenía un carro de hierro conteniendo ladrillos block y
el otro al notar la presencia policial se da a la fuga a la veloz
carrera con dirección a Loteo Nardelli, quedando el otro masculino en el
lugar, procediendo su identificación aduciendo ser: U.E.P de 18 años,
domiciliado en Bº Guadalupe, motivando a su APREHENSION por el hecho de
HURTO, con conocimiento e intervención de la fiscalía interviniente
Fiscal Dr. Marichal Juan S. quien impuesto de lo acontecido dispuso que
continúe en misma calidad y se realice nueva consulta a las
08:30hs.—————————————–
VILLA OCAMPO: ABUSO DE ARMA DE FUEGO, AMENAZA CALIFICADA Y TENENCIA
INDEBIDA DE ARMA DE FUEGO DE FABRICACIÓN CASERA
Fecha 26/04/2021 siendo 17.45 horas, personal de Comisaria Cuarta UR IX,
raiz denuncia radicada por la ciudadana  M.M.I de  30 años, domiciliado
Paraje Las Mercedes, quien manifesto que el fin de semana su marido tuvo
inconvenientes con su vecino llamado J.B quien se apersono en su
domicilio exhibiendo un arma de fuego tipo revolver desconociendo modelo
y color y efectuó dos tiros. De diligencias llevadas a cabo por personal
Policial,  quienes se hicieron  presente en Paraje Las Mercedes  en
finca donde reside actualmente J.J.B de 33 años, a quien se dio a
conocer motivos de la presencia,  autorizando este  a realizar Requisa
domiciliaria, encontrándose en interior un  Rifle aire comprimido
modificado a tipo calibre 22  color negro, con su cañón oxidado, con
numeración 0184, sin  marca visible,  además en el interior de la
recamara del arma antes descripta se observa (01) cartucho sin percutar
calibre .22 LR marca ORBEA (AO) y (02) cartuchos CALIBRE .22 LR
percutados, procediéndose al secuestro preventivo de dichos elementos.
Se dio conocimiento al Sr Fiscal en turno Dr. KOGUC JUAN CARLOS  quien
dispuso que las actuaciones sean secretas y reservadas hasta la eventual
audiencia imputativa, conforme lo connotado en el C.P.P.P.S.F, a los
fines de preservar el estado de inocencia y el derecho a la
confidencialidad de los datos personales de las partes. Siendo las 20.50
horas, se notificó de derechos y  causa, atribuyéndosele ilícito de
marras, continuando en estado de Libertad  amparado por art. 218 del
CPPPSF————————————————————-
SECCIÓN AYUDANTÍA UR. IX, 27 DE ABRIL DE 2.021.-