Por el paro de AMRA estará restringida la atención de los profesionales en Hospitales y CAPS

La Seccional Santa Fe de la Asociación de Médicos de la República Argentina (AMRA) anunció un nuevo paro de 48 horas para este lunes 18 y martes 19 de marzo de 2024, «sin asistencia a los lugares de trabajo, pero garantizando guardias y la atención de urgencias». 

El gremio de los profesionales de la salud exige el cumplimiento paritario. Reclama aumento salarial, pase a planta permanente y seguridad para el sectorde lasalud.

La nota de AMRA enviada al ministro de trabajo, Roald Bascolo expresa que, … «nos encontramos ante un claro incumplimiento de la totalidad de lo dispuesto en la paritaria 2023 debidamente homologada por el poder ejecutivo, si bien se realizó tardíamente el pago de la actualización automática correspondiente a la publicación del IPEC del 15/01/2024 -el mismo se aplicó a destiempo- quedando pendiente de pago el 22,4% correspondiente el mes de enero, como así también la incidencia correspondiente en SAC, 2do semestre 2023 y la falta de continuidad en la efectivizarían de los pases a planta del personal precarizado»

Y continúa, «Que, asimismo, el día de la fecha, se ha convocado a la paritaria docente, discriminando claramente a nuestros trabajadores al no convocarlos de manera inmediata, generando una dilación que resulta inaceptable, más allá del actual contexto económico, donde los salarios de los trabajadores profesionales de la salud ven licuados en más de 36 puntos porcentuales a la fecha (contabilizando solo a la inflación de los meses de enero y febrero 2024).»

«Así las cosas, y no encontrándose constituida la comisión conciliadora Ley 13042, nos vemos en la obligación de notificar a este Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la provincia de Santa Fe, PARO GENERAL de actividades programadas de los Profesionales de la Salud Ley 9282 en toda la provincia de Santa Fe, por 48 horas a partir de las 00:00 horas del día 18/03/2024, encontrándose comprendidos los profesionales Ley 9282 que se desempeñan en IAPOS y ASSAL, sin asistencia y no alcanzando al cronograma de guardias, ni servicios destinados a la atención de urgencias y emergencias, todo conforme Ley 25877», finaliza la nota.