Oscar Martínez: “Hay que salir de la lógica del látigo y la chequera y pasar del federalismo de los discursos al federalismo de los recursos”

En la pasada sesión de la Cámara Baja santafesina el legislador del bloque Frente Renovador-PJ presentó un proyecto de ley que propone aumentar la coparticipación de Municipios y Comunas para que se les otorguen más recursos en favor de una mayor independencia del gobierno provincial.
 
En los fundamentos del proyecto Martínez explica que “está más que claro que la realidad ha cambiado sustancialmente para los municipios. En efecto producto de la crisis del estado en los 80 y de las políticas de desconcentración y descentralización de la década de los 90 los gobiernos locales fueron asumiendo más y mayores competencias que las tradicionales relacionadas con las prestaciones de servicios. Hoy en día contribuyen en la prestación de servicios tanto en materia educativa, de generación de empleo y en la prestación del servicio de seguridad ciudadana. El gobierno local es el primer escalón al que accede el ciudadano para requerir del Estado y además es el ámbito geográfico y físico donde se desarrollan las actividades económicas sobre las cuales se imponen los impuestos”.
 
“Paralelamente a ello -continuó- los recursos coparticipables fueron disminuyendo. En efecto cuanto menos volumen tenía el fondo de coparticipación, menos recibían las provincias, menos los municipios y las comunas. Los sucesivos pactos fiscales también impactaron sobre estos recursos. En resumen, los gobiernos locales tenían más responsabilidades y menos recursos”.
 
Y aseguró que “Esto fue construyendo un escenario en el cual los gobiernos locales deben recurrir a programas o fondos nacionales y/o provinciales para poder ejecutar con eficiencia sus propios programas y obras. Un ejemplo palmario de ello lo son las obras de saneamiento y cloacas que siempre estuvieron en manos de los municipios y hoy- por el costo de los proyectos- deben recurrir a organismos nacionales o al Estado provincial para poder contar con esas obras. El corolario final de ello es la dependencia financiera y/o económica de los gobiernos locales que se deben congeniar con los ejecutivos de turno para disponer de fondos que provienen de las actividades generadas en sus jurisdicciones”.
 
Para finalizar, el diputado manifestó que   “ el mecanismo actual de coparticipación en la provincia de Santa Fe es obsoleto y el primer paso es lograr un mecanismo objetivo y que permita a los municipios y comunas la mayor independencia posible. Por ello proponemos aumentar los porcentajes de participación de los Municipios y Comunas otorgando mayor parte la masa a los Municipios y disponer que el reparto de los fondos especiales existentes deje de ser discrecional y se realice con criterios objetivos y equitativos. Hay que salir de la lógica del látigo y la chequera para disciplinar a propios y ajenos. Hay que pasar del federalismo de los discursos al federalismo de los recursos”.
 
 
Los  detalles del  proyecto
 
 Esta ley propone la modificación de la Ley No 7.457, modificada por Ley No 8.437. Así el Poder Ejecutivo distribuirá a las Municipalidades de la Provincia el 12% del producido de la recaudación del los impuestos coparticipables en la siguiente forma: 40% de acuerdo a la población que se asigne a cada Municipalidad, 30% de acuerdo a los recursos percibidos por las Municipalidades cada año anterior, con exclusión de los provenientes del crédito y las participaciones provinciales y 30% por partes iguales entre todas las Municipalidades. Además prevé que del remanente que resulte una vez liquidado a las Municipalidades el 12%, la Provincia distribuirá el 4% a las Comunas con los siguientes parámetros: 80% de acuerdo a la población que se asigne a cada Comuna y el 20% por partes iguales a todas las Comunas.
 
Además cuenta con que una vez cumplido lo dispuesto en los anteriores artículos la Provincia distribuirá un 4% del remanente en forma exclusiva entre los Municipios de primera categoría.
Todos los fondos especiales, creados o a crearse por ley o por decreto, que establezcan afectaciones específicas o tengan como recursos los tributos cuya coparticipación es regulada por esta ley deberán observar idéntico criterio de distribución.
 
Por otra parte este proyecto sostiene que  el sistema de distribución de impuestos establecido en el mismo se aplicará sobre los respectivos ingresos correspondientes a cada año fiscal, sin interesar que los mismos refieran al ejercicio corriente o años atrasados.
 
Por último manifiesta que la remisión de los fondos a las Municipalidades y Comunas deberá hacerse en forma automática y dentro de un período que no exceda de los quince días, pero se faculta al Poder Ejecutivo a efectuar anticipos a cuenta de los mismos cuando razones de urgencia así lo justifiquen. A los fines de asegurar esta forma de remisión de fondos, el porcentaje que por esta ley se fija como coparticipación a los municipios y comunas será depositado en cuenta bancaria especial, sin ingresar al tesoro provincial.